La Escuela Oficial de Idiomas de Madrid
La Escuela Oficial de Idiomas de Madrid – Jesús Maestro te da la bienvenida. En este sitio encontrarás información sobre los 22 idiomas que aquí se imparten.
¿Quienes somos?
Fue creada por Real Orden de 1 de enero de 1911 con la denominación de Escuela Central de Idiomas. Su funcionamiento está regulado por diversas disposiciones legales.
La E.O.I de Madrid -Jesús Maestro se caracteriza por la gran variedad de lenguas extranjeras que se imparten en ella, lo que la convierte en un centro oficial de una gran riqueza lingüística y cultural. En la actualidad se ofrecen 22 idiomas, dos de ellos con carácter extracurricular (polaco y húngaro) y la mayoría en un amplio horario.
Según nuestro Proyecto Educativo y siguiendo las directrices más actuales en la enseñanza de idiomas, esta E.O.I. persigue:
• un aprendizaje basado en la autonomía del alumno y orientado al uso práctico del idioma como herramienta efectiva de comunicación.
• la integración del alumno en el mercado laboral y su actualización profesional.
• el respeto a la diversidad cultural y lingüística fuera y dentro del aula.
Modalidades de enseñanza
• Oficial presencial
Enseñanza en la que el alumno, integrado en un grupo, asiste regularmente a clase a lo largo de un curso académico completo.
La oferta con el número de grupos, así como los horarios y tipos de cursos se hacen públicos antes del inicio del proceso de matrícula.
• No presencial y sólo para realización de pruebas de certificación
• El alumno se matricula sólo con la finalidad de realizar los exámenes para obtener una certificación oficial. Con las nuevas enseñanzas, los certificados oficiales se denominan:
Certificado de Nivel Básico, Certificado de Nivel Intermedio y Certificado de Nivel Avanzado y se remiten a los niveles A2, B1 y B2, respectivamente, del Marco Común Europeo de Referencia del Consejo de Europa.
• La pruebas de certificación están reguladas por la Consejería de Educación (Orden 2318/2008, de 29 de abril)
• Cursos de perfeccionamiento
Planes de estudio
Las nuevas enseñanzas de idiomas de régimen especial derivadas de la L.O.E. comenzaron a implantarse en el curso 2007/2008.
Con las nuevas enseñanzas se implantan tres Niveles:
• Nivel Básico (equivalente al A2 del Marco Común Europeo de Referencia)
• Nivel Intermedio (equivalente al B1 del Marco Común Europeo de Referencia)
• Nivel Avanzado (equivalente al B2 del Marco Común Europeo de Referencia )
Asimismo se autorizan cursos de perfeccionamiento de todos los niveles, incluidos los niveles C1 y C2 de dicho Marco.
Todas las lenguas se impartirán en un máximo de 240 horas por nivel, excepto árabe, chino y japonés, que se impartirán en un máximo de 360 horas en los Niveles Básico e Intermedio.
ESTUDIOS EXTRACURRICULARES:
Se imparten clases de los idiomas polaco y húngaro con carácter no oficial, por lo que la realización de los cursos no conlleva la obtención de titulación alguna. Se expiden certificados de asistencia.
CURSOS DE PERFECCIONAMIENTO
En el marco de los cursos de actualización y perfeccionamiento profesional previstos en el decreto 967/1988, esta E.O.I imparte clases de
• traducción e interpretación
• lenguas para fines específicos
• conversación
• escritura
Equivalencias nuevas y antiguas enseñanzas
Equivalencias de las nuevas y antiguas enseñanzas
R,D. 1629/2006 (B.O.E. de 4 de enero de 2007)
Tipos de cursos oficiales presenciales
El régimen de clase puede ser de varios tipos:
• Anuales alternos: aquellos en los que se imparte una clase de dos horas lectivas en días alternos (lunes y miércoles o bien martes y jueves) más los viernes correspondientes.
• Cuatrimestrales: aquellos en los que se imparte una clase de dos horas lectivas cada día de lunes a jueves más los viernes correspondientes. Español se imparte únicamente en esta modalidad.
• Trimestrales: aquellos en los que se imparte una clase de tres horas lectivas cada día de lunes a jueves, más los viernes correspondientes.
Estos dos últimos tipos sólo se imparten en algunos idiomas y curso.
Servicios
Esta Escuela Oficial de Idiomas ofrece la posibilidad de mejorar el aprendizaje autónomo a través de la Biblioteca y del Aula de autoaprendizaje.Asimismo, ofrece a sus alumnos la posibilidad de hacer intercambio de idiomas entre hispanohablantes y hablantes de otros idiomas. Tanto si eres hablante nativo de español como si tu lengua materna es otra, y estás interesado, puedes utilizar la ficha que que te proporcionarán en Jefatura de estudios.
Directorio
Sótano
Cafetería
Planta baja
Información – Conserjería
Paneles de información
Secretaría
Secretaría de That’s English
Salón de Actos
Sala de reuniones [B.11]
Asociación ACDI
Planta 1
Biblioteca
Dirección
Aulas 1.01 – 1.03
Planta 2
Aulas 2.02 – 2.03 – 2.04 - 2.08
Sala de profesores [2.09]
Departamentos didácticos
Aula de ordenadores [2.15]
Planta 3
Aulas 3.01 – 3.16
Aula de autoaprendizaje [3.12]
¿Cómo ser alumno?
La Consejería de Educación, a través de distintas instrucciones, establece unos procedimientos de admisión de alumnos nuevos. En cada caso, la EOI publicará un calendario y unas normas específicas de admisión en este mismo enlace de la página web:
• Alumnos presenciales
• Alumnos de inglés a distancia
• Alumnos libres
• Alumnos de cursos de perfeccionamiento
• Alumnos de idiomas extracurriculares
Independientemente de las instrucciones particulares de cada proceso, existe una serie de requisitos básicos e información general para acceder a los estudios impartidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas:
Modalidades de matrícula
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Oficial presencial Derecho a clase Derecho a examen
Oficial a distancia Tutorías Derecho a examen
Libre Derecho a examen
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Sólo está permitido efectuar una modalidad de matrícula (oficial presencial, oficial a distancia o libre) del mismo idioma en el mismo curso académico.
• Para acceder a las enseñanzas de cualquiera de los niveles de las EEOOII será requisito imprescindible tener dieciséis años cumplidos en el año natural en que se comiencen los estudios. No obstante, los alumnos de catorce o quince años podrán acceder a las enseñanzas de un idioma distinto del cursado en la Educación Secundaria Obligatoria como primera lengua extranjera, siempre y cuando hayan completado los dos primeros cursos de dicha Educación Secundaria Obligatoria.
• En el caso de que el solicitante sea extranjero no comunitario, o no le sea de aplicación el régimen comunitario en el momento de la matrícula, se estará a lo dispuesto, a estos efectos, en la normativa vigente.
• Los estudiantes pueden solicitar cursar cualquier idioma que se imparta en la Escuela, siempre que acrediten poseer una nacionalidad que no comporta el conocimiento obligado de dicho idioma.
• Los solicitantes menores de edad deberán aportar los datos personales del padre, madre o tutor, que se incluirán en su expediente.
Es preciso presentar toda la documentación requerida en el momento de formalizar la matrícula o cuando se especifique en el procedimiento.
Cualquier persona, mediante autorización escrita y fotocopia del documento de identificación del interesado, puede efectuar los trámites del proceso de admisión en lugar de éste.
La matrícula es intransferible, tanto de una persona a otra, como de un idioma a otro.
No está permitido matricularse en cursos distintos de un mismo idioma en la misma o en diferentes escuelas.
La formalización de la matrícula se considera definitiva cuando el alumno entrega en la Secretaría del Centro el justificante de pago y la documentación requerida.
Prueba de Clasificación para alumnos nuevos.
Para que los alumnos se inscriban en el nivel más adecuado a sus conocimientos de lengua pueden realizar voluntariamente una Prueba de Clasificación en las fechas que se comunican oportunamente.
Las EEOOII realizarán para cada idioma una prueba de clasificación que permitirá la incorporación a cualquier curso de los Niveles Básico, Intermedio y Avanzado a quienes tengan competencias suficientes en dicho idioma.
La realización de la Prueba de Clasificación sólo tiene efectos para la ubicación en el curso correspondiente, sin que se pueda entender tal circunstancia como adjudicación automática de plaza. Una vez matriculado el alumno, y sólo entonces, el resultado de esta prueba será incorporado al expediente académico y tendrá validez para años sucesivos y para todas las EEOOII.
Permanencia
En la modalidad de régimen presencial, los alumnos tendrán derecho a matricularse, para cada idioma y nivel, un número máximo de veces equivalente al doble de los cursos ordenados.
En la modalidad de enseñanza no presencial no existe límite de convocatorias para realizar las pruebas de certificación.
Precio de los cursos
Las cantidades que se deben abonar en concepto de matrícula de los cursos se publican en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Los precios correspondientes al curso en vigor se publicaron en el BOCM de 8 de enero de 2010.
• Pago ordinario
Son los precios que se pagan para la enseñanza oficial presencial, libre o los cursos especiales y monográficos.
• Familia numerosa
Los miembros de familia numerosa de 1ª categoría abonarán el 50 por ciento del precio ordinario.
Los miembros de familia numerosa de 2ª categoría y de honor tienen matrícula gratuita.
En todos los casos los interesados deberán presentar el carnet de familia numerosa actualizado (original y fotocopia).
• Víctimas del terrorismo.
Las personas afectadas por esta circunstancia podrán solicitar matrícula gratuita acreditando su condición de víctimas del terrorismo.
Documentación necesaria para formalizar la matrícula
Nuevos alumnos
Los alumnos que se matriculen por primera vez como alumnos oficiales o libres tendrán que presentar los siguientes documentos:
• 2 fotografías de tamaño carnet.
• Documento de identidad (original y fotocopia) para los alumnos españoles y documento acreditativo de su nacionalidad para alumnos de otros países miembros de la UE.
• N.I.E. y tarjeta de residencia (originales y fotocopias) para los demás alumnos extranjeros.
• En el caso de alumnos extranjeros, la documentación académica será la que se establece en las condiciones generales.
• Documento original vigente que acredite el derecho a la reducción de precios que se alega.
Antiguos alumnos
Se considera antiguo alumno, a efectos de pago de matrícula, a todo aquel que haya estado matriculado anteriormente en cualquier EOI, en régimen oficial presencial o libre.
Los alumnos de los cursos especiales o de la enseñanza a distancia no tienen la consideración, a efectos de matrícula, de antiguos alumnos.
Los antiguos alumnos deberán presentar los siguientes documentos:
• Una fotografía de tamaño carnet.
• Documento de identidad (original y fotocopia) para los alumnos españoles y miembros de otros países de la UE.
• N.I.E. y tarjeta de residencia (originales y fotocopias) para los demás alumnos extranjeros.
• Documento original vigente que acredite el derecho a la reducción de precios que se alega.
Traslado de Matrícula
Los alumnos pueden continuar los estudios de un idioma en cualquier otra Escuela Oficial de Idiomas. Para ello es necesario cumplimentar siempre el traslado de su expediente académico.
No todas las EE.OO.II. ofrecen los mismos idiomas o todos los cursos de los tres niveles, ni todas tienen horarios de mañana y vespertino-nocturno. Es conveniente informarse en la EOI de destino de los plazos y las condiciones antes de solicitar el traslado desde la Escuela de origen.
Traslado de expediente
Los alumnos que, estando matriculados en un centro, necesiten trasladarse a otro centro para proseguir sus estudios a partir del curso siguiente deberán presentar la solicitud de traslado de expediente en el centro de destino en los plazos que determine la Administración Educativa.
Para la aceptación del traslado de expediente, en todos los casos, se tendrá en cuenta la existencia de plazas vacantes así como el número de convocatorias agotadas por el alumno en el centro o centros de procedencias en el idioma y ciclo o nivel correspondientes.
Traslado durante el curso (matrícula viva)
Los traslados de matrícula que se produzcan durante el curso académico serán aceptados únicamente si, una vez iniciado éste, quedasen o se produjesen plazas vacantes en el centro de destino solicitado en el idioma y curso correspondientes.
La fecha límite para aceptar un traslado de matrícula será la que determine la Administración Educativa para el curso 2009-2010.
Los traslados de matrícula viva que provienen de otras Comunidades Autónomas deberán abonar el precio público correspondiente.
• Alumnos presenciales
• Alumnos de inglés a distancia
• Alumnos libres
• Alumnos de cursos de perfeccionamiento
• Alumnos de idiomas extracurriculares